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Derecho al error ante la Agencia Tributaria

Jorge Caneda y Manuel Chamosa - Caneda & Chamosa Asesores | revista eSmás Vilagarcía Nº39 Invierno 2022

La Agencia Tributaria siempre aplica el criterio de que "la ignorancia no exima del cumplimiento de la ley".
Derecho al error ante la Agencia Tributaria

La Agencia Tributaria siempre aplica el criterio de que “la ignorancia no exime del cumplimiento de la ley”. De esta manera, los errores en la cumplimentación de los modelos tributarios salen caros, sobre todo, cuando se causa un perjuicio a Hacienda, constituyendo esto, a base de sanciones, una fuente de ingresos importante para el estado.

La legislación fiscal en España presupone que cualquier error se hace con afán de defraudar al fisco. El contribuyente es siempre el culpable, y debe ser él quien demuestre su inocencia. Por el contrario, en otros países como Francia, todo contribuyente es inocente mientras el fisco no demuestre su culpabilidad o mala fe.

Partiendo de este debate, a través del Consejo para la Defensa del Contribuyente se ha solicitado un modelo en la línea del francés, en el que parece que la Agencia Tributaria estaría dispuesta a colaborar. Se trata de no sancionar a los contribuyentes que subsanen sus errores tributarios, siempre que este se haya cometido de buena fe y no infringiendo de forma deliberada la legislación tributaria, aún en el caso de haber sido requerido por la propia Administración. Como cada vez son mayores las voces que se alzan en contra de esta manera de sancionar a los contribuyentes por los errores cometidos, y teniendo en cuenta que, a menudo, las leyes tributarias pueden interpretarse de maneras diferentes, es posible que, en el futuro, la Agencia Tributaria trate este asunto de manera más humana.


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