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¿Es obligatorio contratar un seguro para tu patinete eléctrico?

Carmela Sineiro, Correduría de Seguros Jaema | Revista eSmás Vilagarcía Nº 24

Los patinetes eléctricos se han convertido en el regalo de Navidades por excelencia, asegúrate de circular seguro.
¿Es obligatorio contratar un seguro para tu patinete eléctrico?

Asegurar los patinetes a día de hoy, no es obligatorio, pero sí recomendable. Nadie te va a obligar a asegurarlo, pero si no lo haces y tienes un accidente mientras circulas con tu patinete eléctrico, tendrás que pagar los daños con tu patrimonio, es decir de tu propio bolsillo. Y en el caso de un menor de edad, algo bastante probable, ya que pasadas las fechas navideñas, seguramente ha sido uno de los regalos estrella, si el menor causa un daño, serán los padres los responsables civiles, y por lo tanto los que asumirán los gastos.

En estos momentos el gobierno está estudiando la posibilidad de implantar la obligatoriedad de la contratación del seguro para todos los propietarios de un patinete eléctrico.

Tráfico prepara un reglamento para poner orden en este tipo de vehículos y adecuarse a la normativa de la unión Europea. Esta normativa tiene que pasar primero por los diferentes trámites parlamentarios y, como pronto, entraría en vigor el próximo mes de julio. En estos momentos nada varía en el proceso de adquisición de uno de estos patinetes. Sin embargo, cuando se apruebe el reglamento, algunos deberán tener una certificación, otros estar homologados y matriculados como si de un ciclomotor se tratara y otros deberán salir de la circulación en vías abiertas al tráfico.

Las zonas de circulación que le corresponden a los patinetes eléctricos, depende de la normativa de cada ciudad, pero todas coinciden en que: no se puede circular por las aceras y se permite la circulación por carril bici, calles peatonales y pasos de cebra…….teniendo siempre en cuenta, que el peatón tiene siempre la preferencia.

Está claro que existe un limbo, no son juguetes porque tienen motor, pero tampoco están regulados como vehículos de motor. Por la acera pueden ir a paso de persona, pero en zonas señalizadas, es muy complicado. Si una persona que conduce un patinete, lesiona a otra, tiene que responder por el daño causado, al igual que las bicicletas. En todo caso, la víctima de este tipo de siniestros, tiene que demostrar quién ha sido el responsable, puesto que el patinete, como indicamos a lo largo del artículo, no es un vehículo a motor, por lo tanto la responsabilidad no es objetiva, sino subjetiva.

Actualmente el mercado asegurador, ya empieza a ofrecer soluciones. En algunos casos los seguros de hogar, los cubren en sus pólizas. Y ya existen compañías en el mercado, con pólizas específicas para estos patinetes, a precios muy asequibles. Está claro que no todos los seguros alcanzan la misma cobertura. Cada uno deberá valorar cuáles son sus necesidades para decidir qué tipo de seguro que quiere y siempre consultándolo con un profesional.

En el caso de que tengas un patinete eléctrico, en principio nadie te va a obligar contratar un seguro, pero si no lo haces y tienes un accidente mientras circulas con él, tendrás que pagar los daños de tu propio bolsillo. Nuestra recomendación, es que deberías tener un seguro de Responsabilidad Civil, teniendo en cuenta que los accidentes son más habituales de lo que nosotros pensamos, prevenir no está de más.


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